El próximo lunes comienza el plan de la desescalada del confinamiento frente a la pandemia del covid-16 y las fuertes medidas de aislamiento tomadas en España. A partir de de ese día, 4 de mayo, cada provincia, quincenalmente, irá agotando cada fase hasta llegar a la última, la 4. El proceso de salida del confinamiento se prolongará, por tanto, durante un mínimo de seis semanas y un máximo de ocho, hasta finales de junio. Pero de momento, te informamos de las restricciones que se levantan a partir del lunes.
1.- Se permite realizar paseos con niños, mayores y convivientes.
Queda autorizada la atención de huertos familiares, de autoconsumo, siempre que estén en el mismo término municipal que el del domicilio, o uno adyacente al mismo y se adopten las debidas precauciones higiénicas o de distanciamiento social.
Existe una recomendación alta en la utilización de mascarilla en transportes públicos y todo tipo de actividades fuera del hogar.
2.- Con respecto al comercio minorista y actividades de prestación de servicios.
Esta regulada la apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes.
3.- Deporte no profesional
Se puede practicar la actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, … etc), siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada, (distancia mínima de seguridad, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).
4.- Recomendaciones
* Cualquier actividad permitida deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social.
* El uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social.
* Todos los locales y demás establecimientos así como su equipamiento deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados.
* Todas las actividades y sus limitaciones que a continuación se relacionarán, se mantendrán en las fases sucesivas de la desescalada, salvo que se señalen otras limitaciones diferentes.
* Los viajes que se efectúen, cualquiera que sea el medio de trasporte, deberán hacerse para la realización de las actividades permitidas.